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Decisiones del dia 24/10/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2007-001683 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2007
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Arrendamiento
Partes:
VANESSA DANIELA SPINOLA OCHOA CONTRA JESÚS ANTONIO QUERO
Resumen:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos y con fundamento a lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, adminiculado con el artículo 588 ejusdem, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro solicitada ante este órgano jurisdiccional, por el abogado ANDRES NUÑEZ L. en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana VANESSA DANIELA SPINOLA OCHOA, en la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, deducida contra el ciudadano JESÚS ANTONIO QUERO, y así se decide.- No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Ca.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Varela Ramos
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
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N° Expediente : 2076 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Por Cuotas De Condominio
Partes:
PROMOCIONES LEAN SEC C.A. CONTRA CLÍNICA DEL MÁRMOL C.A.
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Siete (2007). AÑOS 197° DE LA INDEPENDENCIA y 148° DE LA FEDERACIÓN.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Varela Ramos
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
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