se exhorta al referido Coronel de la Guardia Nacional, a que gire las instrucciones pertinentes para lograr desalojar a las personas que se encuentran ocupando ilegalmente el citado inmueble, en virtud de la trasgresión a la decisión Judicial antes señalada, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 10, 11 y 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.