Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimación) incoara la sociedad ESTACIONAMIENTO BRESO, S.R.L., en contra de la ciudadana MARIELA MILAGROS DE LA CAMERO GARCIA, ambas partes ya identificadas en este fallo. Así se decide.-