D I S P O S I T I V A -
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara el CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, C.A., en contra de la ciudadana WILMA LUZ PERDOMO OTERO, ambas partes ya identificadas en este fallo, y decide así: PRIMERO: Se condena a la demandada a desalojar el inmueble arrendado constituido por un inmueble tipo , ubicado en el Edificio Arauco, Nivel Lecuna del Conjunto Residencial Parque Central, con un área de 10,88 M2, el cual sería destinado al uso exclusivo de Venta de Flores ubicado en la Jurisdicción del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), y en consecuencia hacer la entrega real y efectiva del mismo libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada .....