Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano RAMON ERNESTO FIGUERA CORDERO, supra identificado, y en consecuencia: PRIMERO: En el acta de nacimiento correspondiente al ciudadano RAMON ERNESTO, inserta bajo el Nº 150, Folio 75, del año 1937, levantada Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, donde dice "ONCE DEL PRESENTE" deberá decir "ONCE DEL MES DE MARZO". Así se decide.-
Se acuerda librar oficios a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 de.....