Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoaran los ciudadanos ANTONIO SUTERA BUCALO y ZULMA OLIVEROS GUTIERREZ, en contra del ciudadano PEDRO DE JESÚS DECANIO BERNAL, ambas partes ya identificadas en este fallo, y decide así:
ÚNICO: Se declara la resolución de los contratos celebrados entre las partes y que fueren autenticados ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas en fecha 25 de octubre de 2007, bajo el No 1 del Tomo 139, y bajo el No 77 del Tomo 139 de los Libros de Autenticaciones de dicha Oficina Notarial, los cuales tuvieron por objeto un derecho equivalente al (0,95%) de los derechos de propiedad que le corresponden en el Edificio ORIENTAL .....