III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ello conforme lo establecido en los artículos 362 y 887, ambos del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PROCEDENTE la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN BERROTERAN MORENO, contra las ciudadanas: MARIA MILAGROS FLORES DE FARIAS e IVONNE CECILIA YEPES BARCINILLA, todos identificados plenamente en la parte inicial del presente fallo. En consecuencia, se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora el inmueble que se identifica a continuación: "Una porción de aproximadamente Once Metros cuadrados (11 mts2) parte abajo y veintitrés metros cuadrados (23m2.....