Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciares o no de la presente solicitud observa:
Que la de cujus AMÉRICA DE JESUS QUARES DE GOMEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nro. 245.423, aparece identificada en el acta de matrimonio que corre inserta al folio (12), con el apellido "CUAREZ" con "C", en el acta de nacimiento de "ERNESTINA COROMOTO", que corre inserta al folio (8), aparece identificada con el apellido "CUAREZ" con "C", y en el acta de nacimiento de "NANCY JOSEFINA", que corre inserta al folio (10), aparece identificada con el apellido "SUAREZ" con "S", en tal sentido, vistos todos estos errores que deben ser corregidos, es por lo que el Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y deje copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en Caracas a los (7) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2.012). Años 201° y 152°