...Así las cosas, vista la manifestación de voluntad de las partes y visto asimismo que la transacción celebrada no versa sobre materia prohibidas que impidan su homologación; este Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a tenor de las partes infine del articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva HOMOLOGACIÓN a la presente transacción. EN CONSECUENCIA TÉNGASE COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA EN LOS MISMOS TÉRMINOS EN QUE HA SIDO SUSCRITO POR LAS PARTES. ASÍ SE DECIDE.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, y déjese copia certificada de esta decisión en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Decimoctavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (19) días del mes de Noviembre del año dos mil siete (2007). Años 197° y 148°
LA JUEZ TITULAR,
DRA. LORELIS SÁNCHEZ.
.....