...Con fundamento en las normas invocadas y en acatamiento a las sentencias parcialmente transcritas, vinculantes para todos los Tribunales de la República, a la luz del artículo 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con vista en que en caso sub-iuduce la parte actora no incoó la acción idónea; pues, tal como se dijo antes, al pasar la relación arrendaticia a tiempo indeterminado lo correcto y ajustado a derecho era intentar la acción de Desalojo y no acumular la acción de resolución de contrato y desalojo como efectivamente se hizo. En consecuencia, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE por ser contraria a derecho la acción intentada por la ciudadana: ALBA DEL CARMEN SANCHEZ MUÑOZ contra la ciudadana: DAILENA JOSEFINA SERRANO LUCENA, (todos ampliamente identificados) en el cuerpo del presente fallo. Y así se decide.
Regístrese y Publíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los veintitrés (23) días del me.....