...Con fundamento en las normas invocadas y en acatamiento a las sentencias parcialmente transcritas, vinculante para todos los Tribunales de la República, a la luz del artículo 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con vista en que en el caso sub-iuduce la parte actora realizo la acumulación indebida de pretensiones al solicitar tanto la acción de Resolución y Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, cuando lo correcto, y en virtud de estar ante un contrato a tiempo determinado y habiendo alegado la actora la falta de pago de cánones de arrendamiento, era demandar la resolución del contrato con los daños y perjuicios si hubiere lugar a ello, incluyendo en estos daños y perjuicios el monto de los cánones de arrendamiento y los otros montos demandados. En consecuencia, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE, por ser contraria a derecho la acción intentada por la ciudadana: ROSA ELENA BLOTKI DE BURDEINICK, venezolana, mayor de edad y titu.....