declara INADMISIBLE la pretensión de Cobro de Bolívares (vía Intimatoria), deducida por los ciudadanos Segundo Sosa Moreno y Mireya Yaqueline Alvarado, en contra del ciudadano Elvis Rafael Mujica, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 643 ejúsdem