declara CONSUMADO el convenimiento de la demanda que efectuase la ciudadana María Luisa Medina Duque, en su condición de parte co-demandada en la presente causa, debidamente asistida por el abogado Miguel Henríquez, mediante escrito autenticado por ante la Notaría Pública Séptima del Municipio Baruta del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 21.12.2009, bajo el N° 34, Tomo 135, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, en la pretensión de Resolución de Contrato de Arrendamiento, deducida por la sociedad mercantil Roger Machuca C.A., en contra de los ciudadanos María Luisa Medina Duque y Roddy Oropeza Gómez, en razón de lo cual procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, pero sólo en lo que respecta a la co-demandada convenida, continuándose este juicio con respecto al otro co-demandado