decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión de Cobro de Bolívares, deducida por la ciudadana Nayetti Isabel Rojas García, en contra de la ciudadana Beatriz Cristina Rodríguez Quintana, a tenor de lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordada relación con lo previsto en el artículo 269 ejúsdem y, en consecuencia, se declara CONSUMADO el presente procedimiento