declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Erika Beatriz Navas y Carlos Alberto Martínez Cisneros, debidamente asistidos por el abogado Adelmo Rafael Navas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 31.08.1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero del Departamento Libertador del Distrito Federal, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el N° 149, inserta en el folio 149 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.990