declara CONSUMADO el desistimiento del procedimiento que efectuase en fecha 10.12.2009, la abogada Carmen D. Rengifo, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Ibelise Arminda Rojas, en la pretensión de Desalojo, deducida en contra del ciudadano Raúl Santiago Hermida Migliarini y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil