declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Elis Moisés Colina Hernández y Ana Rosa Lucas Samaca, debidamente asistidos por la abogada Karina Giraldo Zambrano, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 30.09.1988, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Urbano Los Guayos del Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el N° 247, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.988