declara CONSUMADO el desistimiento del procedimiento que efectuase en fecha 23.09.2010, la abogada Eneida Tibisay Zerpa Guzmán, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil Banco Nacional de Crédito C.A., Banco Universal, en la pretensión de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, deducida en contra del ciudadano Antonio José Hallak Bolívar, en razón de lo cual procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil