DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO sigue la ciudadana LUISA ELENA NUÑEZ contra el ciudadano LINTO CONTRERAS (ambas partes plenamente identificadas en autos), y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 01 de Octubre de 2.002, entre los ciudadanos LUISA ELENA NUÑEZ y LINTO CONTRERAS, partes ampliamente identificadas en este fallo y como consecuencia de la declaratoria de la resolución del contrato, se ordena, la entrega material del bien inmueble constituido por "Un anexo que se encuentra dentro la casa, ubicada en la calle la Fila, Cortada de Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador.
Déjese, copia certificada de la presente decisión, en el.....