Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuesto, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede de Familia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos STELLA MARIN MELCONES y FRANCISCO GOMEZ BRAVO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números. V-11.733.101 y 10.334.891, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió, contraído el día 31 de Marzo de 2.004, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero, Municipio Bolivariano Libertador, del Distrito Capital, según Acta Nº 124, expedida por la referida autoridad civil.