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Decisiones del dia 21/10/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-M-2010-000608 N° Sentencia : Fecha: 21/10/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
INVERSIONES 2120, C.A. VS CARLOS EDUARDO CHACIN
Resumen:
El caso subiudice se subsume perfectamente al supuesto de hecho contenido en la norma transcrita, toda vez que al no comparecer la parte demandada en la oportunidad legal para dar contestación a la demanda, y aun no aportó pruebas al presente juicio que desvirtuaran la pretensión de la parte demandante, la cual no es contraria a derecho y siendo que en el lapso probatorio, la parte actora promovió pruebas documentales fundamentales consignados a modo de anexos acompañados al escrito libelar, en fecha 18 de julio de 2001, la cual es extemporánea, razón por la cual este Tribunal no entra a analizar pruebas aportadas al proceso por la parte actora, por estar dispensada de pruebas. Así se decide. Por los razonamientos explanados este Tribunal considera que la presente demanda debe prosperar en derecho, y así debe ser declarado. Así se decide. III Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripc.....
Juez/Ponente:
Fabiola Carolina Terán Suarez
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2010-000723 N° Sentencia : Fecha: 21/10/2011
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Vta Con Res. De Dominio
Partes:
GMAC DE VENEZUELA, C.A. VS ROBERT ANTONIO ACURERO DIAZ
Resumen:
Es evidente que en el caso que nos ocupa, es notorio y público que la parte demandada, a los fines de practicar la citación se encuentra en exceso fuera de 500 metros contados a partir de la sede del Tribunal. En consecuencia, este Tribunal de oficio debe declarar la perención de la instancia por haber transcurrido en exceso, más de 30 días de inactividad de la parte actora, para realizar las diligencias relativas a lograr la citación de la parte demandada. En tal sentido, siendo la perención operable de pleno derecho, es decir, ope legis al vencimiento del plazo de treinta días de inactividad, y siendo que esta declaratoria no tiene efectos constitutivos, sino declarativos, al verificar esta juzgadora en las actas procésales las circunstancias que determinan la procedencia de la perención, la debe declarar de oficio, pues es una figura de orden público. Por ello al no darle cumplimiento el accionante el impulso procesal a partir del 9 de Marzo 2010, fecha en la cual fue admitida la d.....
Juez/Ponente:
Fabiola Carolina Terán Suarez
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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