este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, actuando sumariamente acuerda la rectificación del acta de nacimiento acompañada en original a las actas que conforman el presente expediente, en consecuencia, se ordena a la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta, estampar la nota marginal de la Partida de Nacimiento, perteneciente a la ciudadana ALICIA SILVESTRA ESPINOZA UTRERA, quien a partir de la presente fecha llevara por segundo nombre "SILVESTRE". Dicha partida aparece signada con el Nro. 03, del año 1942 y queda rectificada de la siguiente manera: En donde dice ALICIA SILVESTRA debe decir: ALICIA SILVESTRE. Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la pres.....