III
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, intentada por los ciudadanos JOHN WALTER JOSE VILLEGAS SALAZAR y YANEIDYS DIAZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 14.427.826 Y 2.501.997 , respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188 Y 189 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 14 de febrero de 2009, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Notifíquese a las Autoridades correspondientes.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Asimismo, se ordena librar cuatro (4) juegos de copias certificadas de la pre.....