En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS ALEGADAS POR LA PARTE DEMANDADA, CONTENIDAS EN LOS ORDINALES 3° Y 11° DEL ARTÍCULO 346 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano ANGEL VICENTE TORO CISNEROS contra JAIRO ENRIQUE MONSALVE, ya identificados. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de sub-arrendamiento suscrito por las partes, cuyo objeto es el inmueble identificado como: Bienhechurías distinguidas con el número 2, el cual forma parte de una mayor extensión de las bienhechurías en él existente, ubicado en la Avenida Simón Bolívar de la Urbanización Arvelo, Subida el Atlántico, Jurisdicción de la Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capi.....