-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y bienes existente entre de los ciudadanos: ALEXANDER JOSE RUIZ ARREAZA y CAROLINA GONZALEZ GUEVARA, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.872.886 y V-10.052.339., respectivamente, ambos de profesión abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 128.154 y 47.631, respectivamente, actuando en sus propios nombres y representación, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Registrador Civil Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 14 de Julio de 2007, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro. 237, de los Libros .....