DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, interpuesta por JOSÉ RICARDO ESCALONA contra JOSÉ ARIAS, ambas partes suficientemente identificadas ab-initio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble constituido por un apartamento anexo identificado con el Nº 20-04, ubicado en la planta alta de la casa Nº 20, situada en la Calle Principal del Barrio Unión, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas.
SEGUNDO: Pagar a la parte actora los cánones de arrendamiento insolutos correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre de 2009, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2010 .....