-III-
DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de defunción, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 462 del Código Civil y el artículo 39 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el ciudadano RONI JOSE MEDINA GORDILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.139.110; en consecuencia, este Juzgado ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano MEDINA LEON JOSÉ RAMON, en los Libros de Registro Civil de Inserciones de Fallecidos llevados por la Primera Autoridad Civil .....