DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada interpuesta por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA ROXUL, C.A. contra la ciudadana GLORIA JOSEFINA DEL CARMEN VILLALOBOS CÁCERES, ambas partes identificadas en autos por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Pagar la suma de MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO (Bs. 1.888,00), monto total de las cuotas de Condominio correspondientes a los meses de Junio de 2003 a Julio de 2004.
SEGUNDO: Pagar la suma de CIENTO VEINTISIETE BOLÍVARES (Bs. 127,00) por concepto de los intereses moratorios calculados al doce por ciento (12%) anual de los recibos de Condominio de los meses de Junio de 2003 a Julio de 2004.
No hay condenatoria en costas p.....