- III -
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la medida cautelar innominada solicitada en la reforma de la demanda que sigue Hany Elias Khwam Rabat en contra de Cenit Records, C.A., por Nulidad de Contrato, a tenor de lo dispuesto en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 588 ejusdem.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Veintiséis (26) días del mes de Mayo de dos mil ocho (2.008). Años: 197° de la.....