PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 9 de febrero de 2009, por la representación judicial de la sociedad mercantil ASTIVENCA, ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A., parte actora en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue en contra de OCEANLINK OFFSHORE III AS, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo en fecha 30 de enero de 2009, mediante el cual fue negado el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 23 de enero de 2009 por la recurrente.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 30 de enero de 2009, proferido por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo que negó la apelación ejercida por la parte actora en fecha 23 de enero de 2009, en contra de la decisión de fecha 22 de enero de 2009.
TERCERO: SE ORDENA oír en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora ASTIVENCA, ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A., en fecha 23 de enero de 2009 en contra de la decisión de fecha 22 de enero de 2009, de a.....