Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado Francisco Hernández Rodríguez, actuando en representación de la parte accionante, ciudadano Loardo Javier Medina Martínez y Le Aviación. C.A., de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2014.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia de fecha veintisiete (27) de octubre de 2014, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas
En virtud de la naturaleza del presente fallo, se condena en costas a la parte accionante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.