Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil LINEA S.A. (LISA) en contra de la sociedad mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha veintinueve (29) de septiembre de 2011, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas.
TERCERO: SE CONDENA a la sociedad mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A., a pagar a la sociedad mercantil LINEA S.A. (LISA) la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE CON DIECISIETE CÉNTIMOS (BS. 1.289.219,17)
CUARTO: INADMISIBLE la compensación de créditos propuesta por la representación de la parte demandada.
QUINTO: SE ORDENA la corrección monetaria de las cantida.....