Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, ciudadano JORGE TAWIL BERNOTI.
SEGUNDO: CONFIRMADA la decisión con distinta motiva, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha seis (6) de mayo de 2013.
Se condena en costas procesales del presente recurso a la parte demandante ciudadano JORGE TAWIL BERNOTI, por haber sido confirmada la sentencia recurrida, al declararse sin lugar la apelación, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.