Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la Ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente se declara:
INCOMPETENTE EN RAZON DE LA MATERIA, y en virtud que el presente juicio le fue declinado por otro Tribunal, ante la ausencia de un Superior común, resuelve plantear el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a cuyo Despacho se ordena remitir el expediente respectivo..-
Se ordena expedir copia certificada de la presente decisión, a los fines de su archivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.