Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 24 de febrero de 2010, por la representación judicial de la sociedad mercantil TELEMULTI, C.A parte actora en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue contra la sociedad mercantil CABOTAJE VENEZOLANO CABOVEN S.A., en contra del auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo en fecha 17 de febrero de 2010, mediante el cual negó la admisión en un solo efecto de la apelación formulada por la actora en fecha 10 de febrero de 2010.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 17 de febrero de 2010, proferido por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo que negó la apelación ejercida por la parte actora recurrente en fecha 10 de febrero de 2010, en consecuencia se ORDENA al Tribunal d.....