Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
PRIMERO: ADMITE la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil ORINOKIA CONSULTING TRAINING AND MARINE SERVICE, C.A. (OCTMSCA).
SEGUNDO: NIEGA la medida cautelar innominada solicitada.
TERCERO: ORDENA: a) Notificar mediante boleta a la parte presuntamente agraviante, ciudadano Marcos de Armas Arqueta, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas; b) Notificar mediante oficio al Ministerio Público, la apertura del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, acompañando copia certificada de la acción de amparo y del presente auto; c) Notificar mediante oficio a la Procuraduría General de la R.....