Con fundamento a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Undécimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la recusación interpuesta en fecha catorce (14) de noviembre de 2017, por el abogado José Massa, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil Grupo Mazali III, C.A., en contra del Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadano Mauro Guerra.
SEGUNDO: Remítase mediante oficio el presente expediente al Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales pertinentes.-