Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio HÉCTOR ALEXI PÉREZ SÁNCHEZ, apoderado judicial de la sociedad mercantil CDC CARGUEROS DEL CARIBE, C.A., de fecha veintiséis (26) de octubre de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas sus partes la decisión de fecha veintidós (22) de octubre de 2012, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas.
Se condena en costas a la parte demandada sociedad mercantil CDC CARGUEROS DEL CARIBE, C.A., por haberse declarado sin lugar el recurso y confirmada en todas sus partes la decisión apelada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.