Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria de sentencia formulada por el ciudadano Mario Cobucci Parascandolo, asistido por el abogado en ejercicio Hilario Masabe García, actuando en representación de la parte actora Cobramar, C. A., en relación con la decisión dictada en fecha veintiuno (21) de abril de 2015, en el cual se declaró parcialmente con lugar la demanda ejercida por la mencionada sociedad mercantil en contra de la sociedad mercantil Banco de Venezuela, S. A. Banco Universal.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de abril de 2015