Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Ramón Varela, actuando como apoderado judicial de Shelong Maritime Pte, Ltd., sociedad mercantil que representa a la motonave Clipper Golfito, parte codemandada, contra el auto dictado en fecha dieciséis (16) de junio de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, que negó la tercería.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado de fecha dieciséis (16) de junio de 2015, dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas.
TERCERO: SE REPONE la presente causa al estado de la admisión de la tercería propuesta por el apoderado judicial abogado José Ramón Varela, de She.....