En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS y PERJUICIOS, DAÑO EMERGENTE y LUCRO CESANTE y SUBSIDIARIAMENTE POR ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, fue incoada por la sociedad mercantil ASTILLERO y VARADERO DEL CARIBE, C.A., en contra del ciudadano JEAN MAURICE BERGERON.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.