Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda incoada por INVERSIONES CACHAMAY, C.A., contra el ciudadano MARCOS ANGELO PETRICCA DE MATTEIS
SEGUNDO: ORDENA que sea pagada por la parte demandada al actor la cantidad de UN MILLON CIEN MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 1.100.000,00), por concepto de daño emergente.
TERCERO: ORDENA que sean pagados por la parte demandada al actor los daños por la pérdida de uso de la lancha CACHAMAY, para lo cual se ordena realizar experticia complementaria del fallo, que deberá ser efectuada según los parámetros señalados en la parte motiva de esta decisión, a los fines de la determinación de tales daños.
CUARTO: ORDENA el pago de la indexación del monto condenado a pagar en el Punto Primero de este Dispositivo, para lo cual se oficiará al Banco Central de Venezuela estimándole practicar experticia comp.....