En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción Mero Declarativa incoada por el ciudadano RAUL ANTONORSI MARSHALL.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.