UNICO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA de cobro de bolívares por cumplimiento de contrato de seguro interpuesta por JAVIER DARIO LINARES PINZON, venezolano, abogado, domiciliado en Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.927.822, contra la sociedad SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el doce (12) y (19) de mayo de 1943, bajo los Nros 2.134 y 2.193, cuyos estatutos fueron reformados totalmente, según consta de documentos inscritos por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el nueve (09) de julio de 1999, bajo el No 16, Tomo 189-A Sgdo., y en consecuencia, se condena a esta sociedad SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A, a pagar al actor JAVIER DARIO LINARES PINZON, la suma de ciento treinta y tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$. .....