Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de los ciudadanos Ángel Ramón Rey Mato y José Rey Mato, y como consecuencia de ello, PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda. Se disuelve la sociedad mercantil "INVERSIONES CENTRO INDUSTRIAL TINAJAS II".
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se acuerda la liquidación de la sociedad mercantil "INVERSIONES CENTRO INDUSTRIAL TINAJAS II".
TERCERO: Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en la sede de este Tribunal a fin de ser anexada al copiador de sentencias correspondientes
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.