En consecuencia, este Tribunal DECRETA PROHIBICIÓN DE ZARPE de la motonave SUNLIGHAT BEY, de bandera Libanesa, siglas de llamadas ODUX, Tonelaje de Arqueo Bruto 6056,00, IMO 7619525, para lo cual se ordena notificar mediante oficio a la Capitanía de Puerto de Puerto Cabello, y remitir vía fax de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley de Comercio Marítimo. Líbrese oficio y remítase. Es todo.-