En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
Primero: Declara CON LUGAR la demanda incoada por la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE PESCADORES Y TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PESQUERA (FETRAPESCA) en contra del ciudadano SUBRAMANIA BALAKRISHNA SUBRAMANIAN, de nacionalidad hindú, mayor de edad, titular del pasaporte de la India N° B-2038280, domiciliado en la ciudad de Bombay, India, en su carácter de Capitán del buque PLATE PRINCESS, y la sociedad mercantil GLAFKY MARITIME COMPANY, armador del buque PLATE PRINCESS, domiciliada en Atenas, Grecia, y ORDENA que sean pagados los daños, cuyo monto será determinado en la experticia complementaria del fallo, que se ordenará en el Punto Segundo de este dispositivo, pero que están limitados hasta por la cantidad de Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro Millones Novecientos Ochenta y Dos Mil Novecientos Cincuenta y Nueve Bolí.....