En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCION EN ESTE JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil GODDARD CATERING GROUP DE CARACAS, S.A., contra la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A; en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA.