En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción en lo que se practica amigablemente la partición celebrada entre los ciudadanos Arnaldo José García León y José Ramón García León y la ciudadana Elia Jacinta García de Cisnero, en los términos contenidos en su escrito transaccional, y por tanto, DECLARA terminado el proceso.
No hay especial condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.