(...)En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano JAIME MUÑOZ VISBAL, contra la empresa : MUL-T-LOCK PLUS, C.A, condenándose a esta última al pago de la cantidad de SEISCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO VEINTIUNO BOLIVARES CON 52/100 (Bs. 617.121,52), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, sobre los conceptos de intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios y corrección monetaria. Se ordena su realización según lo parámetros determinados en la parte motiva de la decisión. Se condena en costas a la demandada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo(...)